Registro Nacional de Empresas y
Establecimientos.
Mediante Decreto Nº 4.248, de fecha
30 de enero de2006, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo
Chávez Frías, estableció la puesta en marcha del Registro Nacional de Empresas
y Establecimientos, el cual tiene carácter público, cuya implementación y
desarrollo estará a cargo del Ministerio del Trabajo y regula el otorgamiento,
vigencia, control y revocatoria de todo lo relacionado
a la Solvencia Laboral
¿QUE ES EL REGISTRO NACIONAL DE
EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS?
Es un sistema automatizado
desarrollado por el Ministerio del Trabajo destinado a recavar
información de las empresas y establecimientos que participan en el sector
productivo del país, el cual concentrará datos en materia laboral y de
seguridad social.
¿QUE PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIR UNA
EMPRESA ESTABLECIMIENTO PARA
INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO?.
Para inscribirse en el RNEE el o
la representante de la empresa o establecimiento debe llenar una solicitud de
inscripción por medio del Sistema de Registro Nacional de Empresas y
Establecimientos que pondrá a disposición el sitio Web del Ministerio del
Trabajo www.mintra.gov.ve, luego la solicitud y los recaudos se deben entregar
en las Oficinas del Ministerio del Trabajo constituidas como unidades
regionales de registro, las cuales se podrán identificar en el sitio Web del
ministerio del trabajo y funcionarán principalmente en las capitales de cada
Entidad Federal.
Luego de
entregar la solicitud y los recaudos el funcionario o funcionaria del
ministerio del Trabajo, verificará la veracidad de los recaudos y formara el
expediente respectivo, verificados como fueren los recaudos y cumplidas las
formalidades, el funcionario o funcionaria le suministrará al representante de
la empresa o establecimiento un certificado contentivo del Número de
Identificación Laboral (NIL), con lo cual se identifica la inscripción en el
Registro de la Empresa o Establecimiento en el RNEE.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO
NACIONAL DE EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS?
El o la representante de la empresa
o establecimiento asistirá a la Oficina del Ministerio del Trabajo (asignada conforme
al domicilio de la empresa o establecimiento)en la fecha fijada por el
mencionado Sistema, consignando los siguientes recaudos:
a) Dos (2) impresiones
de la Solicitud de Inscripción.
b) Copia del documento
constitutivo, última reforma estatutaria y designación
de la junta directiva vigente.
c) Copia del Registro de
Información Fiscal (RIF).
d) Copia del Número
de Identificación Tributaria (NIT), de ser el caso.
e) “Cédula del
Patrono o Empresa” (Forma 1401) expedida por el Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS),
o “Constancia de No Afiliado”, tanto del solicitante como
de las sucursales.
f)
Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de Aportantes
(RNA) llevado por el Instituto Nacional de Cooperación
Educativa (INCE), de ser el caso.
g)Constancia de AfiliaciónalFondode Ahorro Obligatoriopara la Vivienda expedida
por la entidad bancaria u Oficio de Empresa No
Afiliada al Fondo de Ahorro Obligatorio para
la Vivienda, expedida por el Consejo Nacional
de la Vivienda (BANAHIV).
h) Copia del Certificado
de Registro de Inscripción por ante
la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP),
de ser el caso.
i) Nómina de trabajadores y
trabajadoras, la cual deberá ser consignada en
forma impresa en el
formato de nómina, dispuesto a tal efecto en el portal
Web del Ministerio del Trabajo www.mintra.gov.ve.
Posterior a la entrega
de los recaudos, el funcionario o funcionaria del Ministerio
del Trabajo le suministrará a el o la
representante de la empresa o establecimiento
el Número de Identificación Laboral (NIL), el cual es un documento
que confirma que la empresa o establecimiento
está debidamente inscrita ante el Ministerio del Trabajo.
¿SI UNA EMPRESA TIENE SUCURSALES DEBEN REGISTRARSE?
Las sucursales sí deben
registrarse, el registro de las sucursales debe hacerse en la misma oportunidad
de la inscripción del establecimiento principal. Si la apertura de la sucursal
ocurre con posterioridad al registro, la inscripción se realizará dentro de los
quince (15) días hábiles siguientes al inicio de sus operaciones, debiendo para
tales efectos llenar la solicitud de inscripción de sucursales.
¿QUE ES EL N.I.L.?
Las siglas NIL significan Número de Identificación Laboral, y es
la identificación numérica contenida en el certificado de inscripción del
Registro Nacional de Empresas y Establecimientos. El NIL como número de
identificación laboral es necesario para la solicitud de la Solvencia Laboral.
BASES LEGALES
Decreto N° 4.248, de
fecha 30 de enero del año 2006, publicado
en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 38.371, de
fecha 2 de febrero del año 2006.
Resolución Especial N°
4.524 del Ministerio del Trabajo, publicada en
la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 38.402,
de fecha 21 de marzo del año 2006.
Resolución Especial N°
4.525 del Ministerio del Trabajo, publicada en
la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 38.403,
de fecha 22 de marzo del año 2006.
Resolución Conjunta N°
2203 y 034
Decreto Nº 4398,
de fecha 27 de Marzo de 2006, publicado en
la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº
38.410, de fecha 31 de Marzo de 2006.
5 comentarios:
Buenas tardes, Como hago para obtenerlo en fisico nuevamente ya que fue extraviado cuento con el numero mas no el fisico. Agradeciendo la informacion que me pudieran facilitar.
Hola buen dia, disculpe si una empresa no tiene empleados sino solamente Presidente y Vicepresidente es necesario Cargar nomina? Cual es el tiempo que tiene una empresa para inscribirse??
BUENAS TARDES, ME PUEDEN EXPLICAR CUALES SON LOS PASOS PARA ACTUALIZAR EL NIL DE LA EMPRESA O DONDE DEBO PROCESAR TODA LA INFORMACIÓN LA EMPRESA TIENE UN NIL YA REGISTRADO, GRACIAS.
Buenas tardes como haria para solicitar el NIL de la empresa o registrarme
Nbien
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